SEGUROS ESCOLARES 2023-2024

*CARTA SEGUROS ESCOLARES 2023/2024*

Estimados Padres y Apoderados
Informamos a ustedes que han sido renovadas las Pólizas de Seguro de Accidentes Personales con
la Compañía de Seguros Mapfre y Seguro de Escolaridad con la Compañía de Seguros Penta Vida,
para el Período Escolar 2023-2024.
Las atenciones de los alumnos regulares del Lycée Jean D’Alembert, producto de accidentes, serán
realizadas bajo la modalidad de:
Reembolso de gastos médicos por accidente:
El seguro cuenta con dos modalidades para el reembolso de aquellas prestaciones médicas en que se
deba incurrir ante la ocurrencia de un accidente del asegurado:
1. Libre Elección: Bajo esta modalidad, el asegurado podrá recurrir a cualquier establecimiento de salud
pública o privada en caso de accidente, para luego solicitar el reembolso de los gastos médicos a la
Compañía.
Es decir, el apoderado deberá pagar la atención recibida o bien firmar un pagaré en Centro
Médico de su elección, para posteriormente solicitar el reembolso de los gastos directamente a
Mapfre, mediante la tramitación de una Solicitud de Reembolso, dichos reembolsos deben
hacerse vía e-mail a: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

2. Convenio Cerrado: Bajo la modalidad de convenio, los asegurados podrán recurrir a los siguientes
Centros Médicos para solicitar las atenciones que requieran ante un accidente hasta el tope anual
por alumno de UF 70. El Paciente accede directamente a las Instituciones en convenio con la
Compañía de Seguros Mapfre, se debe revisar previamente con la Isapre u otra Previsión del
alumno:
 Clínica Reñaca (Reñaca Alto)
 Clínica Los Leones (La Calera)
 Clínica Los Carrera (Quilpué)
 Clínica Ciudad del Mar (Viña del Mar)
 Centro Médico Asomel
 IST (Viña del Mar y Concón)
*IST en caso de Hospitalizaciones, sólo mayores de 18 años.
De requerir asesoría, favor contactar a la Sra. Maritza Olave M., correo: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. o al
tel. +56 2 24986588.
Todo alumno que a la fecha esté matriculado, se encuentra asegurado en las compañías Mapfre
Seguros y Penta Vida. El beneficio consta de dos seguros:
I. Seguro de Accidentes Personales de los Alumnos
II. Seguro de Escolaridad
I. Seguro de Accidentes Personales de los Alumnos
Póliza : Por informar
Vigencia : del 01/02/2023 al 31/01/2024
Beneficiarios : alumnos regulares del colegio (tienen calidad de alumnos regulares,
todos aquellos alumnos matriculados para el año escolar 2023)
Protección
Protege al alumno de accidentes ocurridos con motivo de todo suceso imprevisto,
involuntario, repentino y fortuito causado por medios externos y que afecten en su
organismo al asegurado, tales como:
 Lesiones corporales causadas por ahogamiento y asfixia
 Dilaceración o desgarros por esfuerzos repentinos
 Quemaduras de cualquier especie
 Torceduras
 Infecciones con motivo de heridas externas e involuntarias
 Torceduras, luxaciones, cortaduras, golpes y caídas
 Movimiento sísmico sin límite de grado, incluyendo Tsunami
 Accidentes dentales sólo en el caso que ocurran dentro del colegio o en eventos
organizados por éste
 Cobertura para picaduras de insecto y mordeduras de perros
 Incluye cobertura para yeso, bastones y todo tipo de Órtesis
Se excluyen todas aquellas afecciones que no deriven de accidente, aquellas producidas
intencionalmente y las que digan relación con:
 Enfermedades
 Reacciones alérgicas
Cobertura
 Invalidez Total y Permanente, desmembramiento.................................... UF 200
 Gastos Médicos (anual) ............................................................................ UF 70
Características
 El Seguro cubre las 24 horas del día los 365 del año, en Chile y en el extranjero,
incluyendo viajes en avión en líneas comerciales regulares.
 El pago de UF 200 es en caso de 2/3 de Invalidez Total y Permanente (ITP).
Además, la Compañía, en caso de desmembramiento, indemniza un porcentaje
variable según la lesión sufrida. Ejemplo: 20% por la pérdida de un pulgar.
 El alumno recibirá todas las atenciones médicas generales por accidente sufrido, ya
sean ambulatorias, hospitalarias y farmacéuticas.
Forma en la que opera el seguro:
 El Seguro de Accidentes Personales opera como complemento del Sistema de Salud
de cada familia, es decir, cubre la diferencia (hasta el tope fijado en la cobertura),
entre el aporte de la ISAPRE y el cobro de la institución médica en la que será
atendido el alumno a causa del accidente.
 En el caso específico que el alumno se vea afectado por un accidente automovilístico,
para todos los efectos opera en primer lugar el Seguro obligatorio de Accidentes
Personales (SOAP), en segundo lugar, el Sistema de Salud de la familia y la diferencia
no cubierta por ambos será cubierta por este seguro.
El convenio permite que el alumno sea ingresado y atendido en centros de atención
de su preferencia (libre elección), debiendo el apoderado cancelar en el acto la
prestación médica o bien firmar un pagaré y para posteriormente solicitar el
reembolso de los gastos directamente a Mapfre, mediante la tramitación de una
Solicitud de Reembolso, dichos reembolsos deben hacerse vía e-mail a:
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 Convenio Cerrado: el alumno se atiende en Clínicas o Centros Médicos en convenio
con Mapfre.
 En el caso de aquellas familias que, teniendo Sistema Previsional de Salud, NO soliciten
reembolso a la institución a la que se encuentran afiliadas (ISAPRE o Fonasa), la
compañía de seguros sólo cancelará el 50% del valor de las prestaciones.
 Con motivo de accidentes dentales ocurridos dentro del colegio o en eventos
organizados por éste, las familias podrán elegir libremente al prestador del servicio. Los
costos derivados de la atención dental serán cubiertos en un 50% por la compañía en
aquellos casos que la ISAPRE no cubra esta prestación.
 Para aquellas prestaciones no reembolsables por la ISAPRE a la que pertenece la familia
del alumno accidentado, las boletas o facturas respectivas deberán tener el timbre de la
institución que acredite que ésta es NO REEMBOLSABLE.
Las familias afiliadas a FONASA deberán adquirir los bonos y presentarlos al
momento de solicitar el reembolso respectivo para posteriormente solicitar el
reembolso de los gastos directamente a Mapfre, mediante la tramitación de una
Solicitud de Reembolso, dichos reembolsos deben hacerse vía e-mail a:
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Las familias que pertenezcan a CAPREDENA o similares, deberán hacer uso de su
sistema y luego solicitar el reembolso de los gastos con los documentos de respaldo
que correspondan para posteriormente solicitar el reembolso de los gastos
directamente a Mapfre, mediante la tramitación de una Solicitud de Reembolso,
dichos reembolsos deben hacerse vía e-mail a: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.:
 Para los alumnos cuyos apoderados no cuenten con un Sistema Previsional de Salud
se les reembolsará el cincuenta por ciento (50%) de la prestación médica teniendo
como límite las UF 70 anuales de monto asegurado.
 Se omite timbre de Isapre en boletas de insumos y procedimientos.
 Los alumnos que durante el año se retiren y como consecuencia dejen de ser
alumnos regulares del colegio, perderán de forma inmediata todos los beneficios
señalados en la cobertura del seguro.
Procedimiento
1. Accidente sufrido en el Colegio
 El colegio se contactará con los padres.
 Sí debido al estado de salud del alumno o alumna, se recomienda traslado a su domicilio o a
un Centro Asistencial, el colegio solicitará la autorización respectiva al apoderado.
El costo del traslado del accidentado deberá ser asumido por los padres.
 Para que el alumno accidentado reciba la atención:
Convenio Libre Elección: el padre, madre o apoderado de éste, deberá firmar un pagaré a
favor del Centro de Atención Médica o cancelar la atención médica, insumos y fármacos
para posteriormente solicitar el reembolso de los gastos directamente a Mapfre, mediante
la tramitación de una Solicitud de Reembolso, dichos reembolsos deben hacerse vía e-mail
a: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.:
Convenio Cerrado: El Paciente accede directamente a las Instituciones en convenio con la
Compañía de Seguros Mapfre hasta el Monto asegurado de UF 70 anual.
 Las familias afiliadas a FONASA, CAPREDENA o similares deberán seguir las instrucciones
descritas en la Forma en que opera el Seguro (ver más arriba).
Importante: La solicitud de reembolso de gastos médicos debe ir acompañada del Formulario de
Solicitud de Reembolsos Gastos Médicos, junto a todos los otros documentos (boletas, facturas o
reembolsos de otras instituciones), los apoderados tienen plazo máximo de 90 días corridos para la
realización de este trámite contados desde la ocurrencia del accidente.
2. Accidente sufrido fuera del Colegio, durante vacaciones o fuera de la región o país
Si al momento de sufrir el accidente el alumno se encuentra fuera de las instalaciones del
colegio o en actividades no organizadas por éste, el apoderado podrá concurrir al Centro
Asistencial de su elección. En este caso, el procedimiento seguirá operando según lo indicado
en los párrafos anteriores. Para la obtención de los reembolsos que correspondan, el apoderado
deberá solicitar a Mapfre (para posteriormente solicitar el reembolso de los gastos
directamente a Mapfre, mediante la tramitación de una Solicitud de Reembolso, dichos
reembolsos deben hacerse vía e-mail a: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo., posteriormente y dentro de
los plazos establecidos la siguiente documentación:
 Certificado médico a nombre del alumno y en que conste: fecha y lugar del accidente,
diagnóstico, tratamiento prescrito y fármacos recetados.
 Bonos con que se pagó la atención.
 Boletas con que se cancelaron los insumos y fármacos prescritos (a nombre del alumno).
 Modalidad de Pago: abono cuenta bancaria del solicitante del reembolso.
THB Santiago informará al sostenedor de la liquidación del siniestro, notificando que se
encuentra disponible su pago. Para ello en el Formulario deben indicar datos de contacto:
Correo electrónico y teléfono.
II. Seguro de Escolaridad
Póliza : Por informar
Vigencia : del 01/02/2023 al 31/01/2024
Beneficiarios : alumnos regulares del colegio (tienen calidad de alumnos regulares,
todos aquellos alumnos matriculados para el año escolar 2023)
Protección
Los seguros de escolaridad están diseñados para cubrir financieramente la continuidad de los
estudios de los alumnos a través del pago de matrículas y mensualidades (de acuerdo al
monto asegurado), hasta el último año de enseñanza media incluyendo un año de
repetición.
Las causas que generan este beneficio es el fallecimiento de solamente uno cualquiera de los
dos apoderados sostenedores, así como la incapacidad total y permanente (2/3).
Cobertura
 Fallecimiento: UF 152 de solamente uno, cualquiera de los dos apoderados o
sostenedores. Incluye fallecimiento por Covid.
 ITP (Invalidez Total y Permanente) 2/3: UF 152 de solamente uno, cualquiera de los
dos apoderados sostenedores.
Características
 Ambos sostenedores están cubiertos las 24 horas del día los 365 días del año en Chile y el
extranjero, incluyendo viajes en avión de líneas comerciales regulares.
 El fallecimiento por cualquier causa será indemnizado.
 Suicidio desde el primer día de vigencia en la póliza para los nuevos sostenedores
asegurados
 Se exceptúan las enfermedades preexistentes diagnosticadas y no declaradas al ingresar al
Seguro.
 Podrán ingresar a la Póliza asegurable hasta 64 años 364 días y todos los que estaban
asegurados en Compañía Metlife (continuidad de la cobertura) hasta el 31.01.2023.
 La edad máxima de permanencia para fallecimiento es cumplidos los 75 años y para
Invalidez total o permanente (ITP 2/3) cumplidos los 65 años.
 En caso de fallecimiento simultáneo de ambos sostenedores, la Compañía pagará UF 152
por solo uno de ellos.
 Se cubrirán, en caso de siniestro, los años que restan hasta terminar el 4° Año de
enseñanza Media, hasta el monto de UF 152.
 Ante un siniestro, la Compañía continuará cancelando el valor de la colegiatura, aunque el
alumno se cambie de colegio y/o de país, hasta el monto de UF 152.
 El pago del capital asegurado anual se efectuará cada 1° de marzo y cubrirá el año
escolar, hasta UF 152.
Procedimiento
1. En caso de un fallecimiento natural
El cónyuge sobreviviente deberá enviar a la Sra. Maritza Olave M., al correo Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. los
siguientes antecedentes escaneados para que la Compañía cancele el Seguro de Escolaridad:
 Fotocopia por ambos lados del carnet de identidad del apoderado fallecido.
 Certificado original de fallecimiento otorgado por el Registro Civil en que conste la causa del
fallecimiento.
 Certificado de Nacimiento Titular
 Certificado alumno regular emitido por el Colegio
 Certificado Nacimiento o copia cédula identidad alumnos
2. En caso de fallecimiento accidental
 Presentar los mismos documentos anteriores más copia del Parte Policial.
3. En caso de incapacidad total y permanente
El apoderado deberá enviar a la Sra. Maritza Olave M., al correo Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo., los siguientes
documentos escaneados:
 Certificado en que COMPIN lo declara incapacitado en cualquier porcentaje superior al 66%
(2/3). (Dictamen de Invalidez Ejecutoriado).
 Certificado del médico tratante en que se especifique la dolencia que lo incapacitó y fecha
de la detección de dicha dolencia.
 Decreto de la Superintendencia de Administradoras de Fondos de Pensiones en que
conste la Dolencia que sufre el afectado.
 Porcentaje en que se estima incapacitado transitoriamente (por dos años) para otorgarle
pensión por invalidez.
Todos los casos descritos anteriormente el apoderado afectado debe ponerlos de inmediato en
conocimiento del Colegio, quien traspasará la información al Corredor para los efectos de la operación
del Seguro de Escolaridad. No hacerlo implica que la Compañía rechazará la indemnización por
Incapacidad Total y Permanente.
Plazo para presentación siniestros: 90 días desde la ocurrencia del siniestro Fallecimiento o Ia
Invalidez Total y Permanente 2/3.
Les saluda muy atentamente.
Juan Carlos PLAZA GENTINA
Director de Gestión